El Gobierno paraliza las actividades económicas no esenciales hasta el 9 de abril para frenar el COVID-19. Explicamos esta nueva medida en este artículo.
¿Cambian los plazos de formulación de las cuentas anuales por el COVID-19?
El Real Decreto-ley 8/2020, de medidas urgentes para hacer frente al impacto económico del COVID-19, amplía el plazo para formular las cuentas anuales hasta tres meses transcurridos después de la finalización del estado de alarma.
Medidas complementarias en el ámbito laboral durante el estado de alarma
El Real Decreto-ley 9/2020 recoge una serie de medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Destaca la prohibición de realizar despidos y se establecen limitaciones en los ERTE.