España desde el año 2012, los premios obtenidos de la lotería y apuestas del Estado se regulan por la Ley 16/2012 de 27 de diciembre, que elimina la exención fiscal desde 2013. Posteriormente, el apartado 2, del artículo 67.1 de la Ley Presupuestos Generales del Estado de 2018 estableció el límite exento que se aplica hoy en día. Esto significa que en función del dinero ganado, la lotería tributará de distinta forma, variando el dinero que deberemos pagar a Hacienda. En este artículo analizamos la pregunta del millón: «¿qué impuestos debo pagar si me toca la lotería?».
¿Qué impuestos se pagan por ganar la Lotería u otros premios?
Hay que pagar a Hacienda un 20% del dinero ganado si se supera el mínimo exento en el cobro de la entidad bancaria.
El límite exento en 2023 continúa 40.000 euros, igual que en 2020.
Y bien, ¿esto qué quiere decir? Muy sencillo. Imagina que este año juegas varios décimos a la Lotería Nacional de Navidad (22 de diciembre de 2023) y a la Lotería de El Niño (6 enero de 2024). Si en la Lotería Nacional de Navidad o en la Lotería de El Niño te toca un premio que no supere los 40.000 euros, no tendrás que pagar ningún impuesto.
¿Qué sucede si gano más de esos 40.000 euros?
Se paga un 20% del premio, y existe la obligación de declararlo y pagar los correspondientes impuestos, a partir de sobrepasar esos premios, es decir, a partir de ganar más de 40.000 (límite exento). Esto se hace habitualmente mediante retención de este importe por el pagador, o a través del modelo 136 cuando se trate de varios premios recibidos que individualmente no superen dicho importe pero sí agrupando los mismos.
Esta medida afecta a la Lotería Nacional, quinielas, bonolotos, décimos de la ONCE, Cruz Roja, etc. Todos los premios obtenidos en Loterías y Apuestas del Estado.
¿Qué ocurre si ganamos un décimo compartido?
Lo más importante es que identifiques a todos los agraciados al ir a cobrar el décimo porque si no lo haces así puede suponerte un problema. Y es que, si va una persona solo a cobrarlo, normalmente se considera agraciado al que cobre el décimo, y si esta persona luego quiere repartirlo se considerará una donación, por lo que debería pagar el impuesto de donaciones (ISD) que suele ser más elevado.
No obstante, si identificáis a los premiados desde el principio, el importe exento de 40.000 euros se reparte entre los agraciados y se aplica la retención del 20% de la que hablábamos antes.
Otros supuestos y excepciones si ganas un premio
Aunque generalmente se aplica lo explicado anteriormente, cabe analizar las siguientes situaciones donde habrá que declarar los premios de forma distinta:
- Si gana el premio una empresa o asociación: este se tributará según el Impuesto de Sociedades (IS).
- Si gana el premio una persona No Residente en España: se declarará el premio a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), pero también debe ganar más del límite exento (40.000 euros).
- Si te toca un premio de otro país de la Unión Europea: no tienes que declararlo en el IRPF, pero lo tienes que declarar a Hacienda en el modelo 136 y lo retenido también asciende al 20%.
- Los premios que no entran dentro de la distinción de Loterías y Apuestas del Estado, como pueden ser bingos, rifas, premios online o de televisión tiene una fiscalizad diferente.
Después de leer este artículo seguro que tienes más claro cómo actuar si ganas el Gordo y qué impuestos hay que pagar si te toca la Lotería. Si tienes alguna sobre la fiscalizad en alguna de estas situaciones o quieres que te ofrezcamos un asesoramiento más completo si te toca la Lotería, no dudes en contactarnos.
Buenísimo el post. Un cordial saludo.
¡Muchísimas gracias Adara!
Muy buena la información,
¿Los 40000 € son aplicables a todo el conjunto de premios durante el año o sólo a cada premio por independiente?
Gracias